INVERSOR IBÉRICO



DESTINADO TANTO AL INVERSOR ESPAÑOL EN PORTUGAL COMO AO INVESTIDOR PORTUGUÊS EM ESPANHA
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16/09/2010

A VECES, NO ES BUENA IDEA SER TAN MODERNO


 
Demasiadas eran las dudas sobre el funcionamiento del dispositivo electrónico de matrícula (DEM) por lo que el Gobierno Portugués, a través de la Ley 46/2010, de 7 de septiembre, ha decidido no complicarse la vida y tampoco complicársela a los conductores. Así que, se ha establecido que la instalación del "chip" no sea obligatoria.

Por lo que, el conductor decide cuál es la fórmula que prefiere para el pago de los peajes: "Chip" o la manera habitual hasta ahora (dinero o tarjeta).

22/06/2010

EL "CHIP PRODIGIOSO" LLAMADO DEM (Dispositivo Electrónico de Matrícula)



Muchas son las dudas que se ciernen sobre el funcionamiento y adquisición del nuevo dispositivo electrónico de matrícula (DEM)  aprobado por el Gobierno portugués que, conforme el Servicio Electrónico Europeo de Peajes, tiene como finalidad el cobro electrónico de los peajes.


La información precaria y muy vaga facilitada; hasta el momento es la que ha ocasionado tanta incertidumbre entre los conductores y usuarios nacionales de autopistas y vías equiparadas portuguesas.

Digo, en un primer momento, nacionales puesto que si ni los de la propia tierra saben cómo funciona, no quiero imaginarme los dolores de cabeza que puede llegar a ocasionar a los conductores extranjeros, en este caso españoles, que, a partir del 1 de julio del presente año (fecha en que entra en vigor esta nueva regulación establecida por Portaria n.º 314-B/2010, de 14 de junio ) conduzcan por tierras lusas.

Por lo que, a continuación va una mini guía que responde a las preguntas que pueden estarle bailando a uno en la cabeza acerca de cómo funciona el dispositivo electrónico de matrícula (DEM) y dónde se puede comprar, y así evitar este verano que un "chip" nos amargue las vacaciones:

  • Dónde comprarlo
Se podrá comprar en las áreas de servicio situadas en territorio portugués.    
  •  Qué automóviles se ven afectados por esta nueva regulación
Automóviles, ligeros y pesados, remolques, motocicletas, así como triciclos autorizados a circular por autopistas y vías equiparadas.

  • Quíen y cómo se instala
Tranquilos.  Es fácil. Es el propio conductor quien instala el "chip" (va con cinta adhesiva) colocándolo en el interior del coche, concretamente en el cristal frontal interior.
  • Cómo funciona
Para el pago de los peajes este "chip" va vinculado a una tarjeta de crédito asociada a una cuenta bancaria válida. Pero, también, se puede hacer una precarga con una caución por el dispositivo (caución que se devolverá una vez se retorne el mismo dispositivo). El valor de esta carga es de 50,00€ para vehículos ligeros y motocicletas y de 100,00€ para vehículos pesados.

El gran problema que surge ante tal obligación es cómo serán informados, por parte de Portugal, los usuarios extranjeros de tales infrastructuras.




25/01/2010

TRABAJADORES TRANSFRONTERIZOS

Pasamos a analizar el régimen de admisión temporal de los vehículos matriculados en otro Estado miembro de la Unión Europea en territorio portugués establecido en la ley portuguesa reguladora del Impuesto sobre Vehículos (nº 22-A/2007, de 29 de Junio de 2007)

El trabajador transfronterizo que se beneficie del régimen supra mencionado deberá reunir las siguientes características:

  • Tener residencia familiar en España;
  • No disponer de vivienda familiar en Portugal;
  • Desplazarse diariamente en el trayecto de ida y vuelta entre su residencia y el trabajo;
  • Situarse el local de trabajo en localidad portuguesa que diste no más de 60 km desde la frontera.
El trabajador transfronterizo debe presentar un pedido de reconocimiento ante la Direcção-Geral das Alfândegas e dos Impostos Especiais sobre o Consumo, aportando la documentación que verifique las características enumeradas.

Se dispone de un plazo máximo de 30 días desde la entrada en territorio portugués.

Este benificio tiene una duración de 12 meses renovables y se extiende, además de al propietario a:

  • Cónyuge o unido de hecho;
  • Ascendientes y descedientes en primer grado;
  • Legítimos detentadores.
Siempre con la condicion de que no sean residentes ni ejerzan en territorio portugués actividad profesional remunerada.

23/12/2009

TODO EN REGLA (V)

Después de la presentación de la documentación junto con la petición de extinción del pago del impuesto nos podemos encontrar ante dos situaciones:
 
1ª: Que la petición sea rechazada (notificación negativa). En este caso nos será notificado para que en el plazo de 30 días declaremos el destino que pretendemos dar al vehículo; de lo contrario, se considerará la entrada de vehículo ilegal.

2ª: Que la petición sea aceptada (notificación positiva). Contamos con el plazo de 6 meses desde la notificación para presentar la Declaración Aduanera de Vehículos (DAV) a los efectos de matricular el vehículo.

Cabe decir que la exención sólo puede ser reconocida a un vehículo (automovil o motocicleta) por beneficiario una vez cada 10 años.  

22/12/2009

TODO EN REGLA (IV)

Junto con la petición de exención de pago del impuesto deberá presentarse la siguiente documentación dependiendo si se trata de:

  • Ciudadano de Estado miembro de la UE o de país tercero que transfiera su residencia en territorio portugués, deberá presentar:
    • Declaración aduanera del vehículo;
    • Certificado de matrícula y título de registro de la propiedad, si fuese el caso, comprobante de la propiedad del vehículo;
    • Carné de conducir válido, al menos, 12 meses antes  de la transferencia de residencia;
    • Certificado de residencia oficial, emitido por la entidad administrativa con competencia para el control de habitantes (normalmente el Ayuntamiento); en el caso que no exista, certificado consular donde conste la fecha del inicio y cesación de la residencia;
    • Documento de la vida cotidiana que atestigüe la residencia en el país de proveniencia, como recibos de alquiler de la vivienda, consumo de agua, electricidad, nóminas o pruebas de descuento a efectos de salud y jubilación.
  • Cooperante; profesor; funcionario de organizaciones internacionales y funcionario contratado para prestar servicios en puestos diplomáticos y consulares portugueses:
    • Comprobante de la nacionalidad;
    • Documento emitido por la entidad competente que atestigüe el estatuto el estatuto del reqirente, así como las fechas de inicio y cesación de funciones.  
Próximo post: Notificación de la petición de reconocimiento

    21/12/2009

    TODO EN REGLA (III)

    Los trámites para la exención del pago del impuesto se realizan ante la Direcção-Geral das Alfândegas e dos Impostos Especiais sobre o Consumo.

    El plazo para dicho trámite es de 6 meses a contar desde la fecha de transferencia de la residencia o de cesación de funciones.

    Para la exención del impuesto es necesario que el vehículo:
    1. Se destine al uso particular;
    2. Se haya adquirido en el país de proveniencia, o en país donde anteriormente haya residido el propietario en condiciones generales de tributación.

      • Hayan cesado en el ejercicio de su función en organizaciones internacionales reconocidas por Portugal;
      • Funcionarios civiles y miembros de las Fuerzas Armadas de los Estados partes contratantes de la OTAN;
      • Funcionarios contratados en el extranjero con el fin de prestar servicios en puestos diplomáticos y consulares portugueses o bien prestar servicios públicos.



    3. Debe haber sido propiedad del interesado en el país de proveniencia durante, por lo menos, 12 meses antes de la transferencia de residencia.
    Próximo post: Documentación que hay que presentar junto con la petición para la exención del pago.



    18/12/2009

    TODO EN REGLA (II)

    Anunciar que para el cambio de matrícula deberá pagarse un impuesto pero la Ley del Impuesto sobre Vehículos (nº 22-A/2007, de 29 de junio de 2007) regula supuestos en los que se establece exención del pago.

    SUPUESTO OBJETO DE EXENCIÓN

    • Vehículo de ciudadano de un Estado miembro de la UE o de país tercero que transfiera su residencia a territorio portugués, siempre que reúna los siguientes requisitos:
        • Mayor de 18 años;
        • Facultado para conducir durante el periodo mínimo de residencia;
        • Residencia en otro país miembro de la UE o en país tercero durante un periodo mínimo de 12 meses.
        • Transferencia de la residencia permanente a Portugal. El beneficiario deberá mantener su residencia en territorio portugués durante un periodo mínimo de 12 meses.

    • Vehículo de persona de nacionalidad portuguesa o de otro Estado miembro de la UE que haya ejercido alguna de las siguientes actividades en otro país, durante 24 meses, y cuyos rendimientos estén sujetos a tributación efectiva en Portugal:
        • Cooperantes;
        • Profesores que hayan ejercido funciones docentes en el exranjero en cursos impartidos de lengua o cultura portuguesa, conforme las listas publicadas por el respectivo departamento;
        • Funcionarios contratados en el extranjero para prestar servicios en puestos diplomáticos y consulares portugueses o para prestar servicios públicos portugueses:
        • Funcionarios de organizaciones internacionales de las cuales sean parte.

     Próxima estación: cómo se tramita la exención.

    16/12/2009

    TODO EN REGLA (I)

    Algunos de los españoles que residen y circulan con su vehículo por Portugal puede que se hayan preguntado alguna vez cuáles son los pasos burocráticos que se deben seguir para poder circular con su vehículo por Portugal con todo en regla y sin preocupaciones por ser multado.


    Pues bien, empezaremos por exponer el primer trámite: CÓMO MANTENER EL CARNÉ ESPAÑOL



    • El interesado deberá acudir ante la Direcção Geral de Viação (DGV) y presentar  su carné español de conducir junto con la autorización de residencia en Portugal indicando en la misma la dirección de residencia.
    • La propia DGV emitirá una declaración que deberá llevarse en el vehículo con el resto de la documentación.






      Próximo post: cómo proceder para el cambio de matrícula.