El Tribunal
Constitucional portugués se pronunció recientemente, a través de su
sentencia nº 602/2013, de 20 de septiembre, sobre la constitucionalidad de
algunos de los cambios en materia laboral introducidos por la Ley 23/2012,
de 25 de junio. Los cambios tachados de inconstitucionales fueron los
siguientes:
1.- Despido por extinción del puesto
de trabajo
La Ley 23/2012 sustituyó el
criterio de la menor antigüedad a la hora de extinguir un puesto de trabajo por
el de criterios “relevantes y no discriminatorios”. Según el Tribunal
Constitucional (TC) dicha norma violaba la prohibición de despido sin justa
causa al permitir al empresario definir los criterios de determinación del
puesto de trabajo a extinguir.
2.- Despido por inadaptación
La Ley 23/2012 revocó uno de
los requisitos para el despido por inadaptación: que no exista en la empresa
otro puesto de trabajo disponible y compatible con la cualificación del
trabajador. De nuevo, el TC entiende que con dicha revocación se viola el
principio de prohibición de despido sin justa causa.