INVERSOR IBÉRICO



DESTINADO TANTO AL INVERSOR ESPAÑOL EN PORTUGAL COMO AO INVESTIDOR PORTUGUÊS EM ESPANHA

19/12/2013

APOIOS E SUBVENÇÕES NA GALIZA (II)


Continuamos com a nossa série sobre apoios e incentivos ao investimento na Galiza, e desta vez analisamos o programa “Galicia Emprende”.

OBJETIVO: Fomentar a aparição de projectos de criação de pequenas e médias empresas ou de realização de investimentos em pmes novas promovidas por novos empreendedores para a ampliação do seu novo estabelecimento.

BENEFICIÁRIOS: Sociedades comerciais participadas de forma majoritária por pessoas singulares que não estejam a trabalhar por conta própria e investidores associados a redes de “business angels”. Podem participar todos os sectores salvo: 1) actividades de produção primária de produtos agrários, pesca e aquicultura; 2) indústria siderúrgica; 3) fibras sintéticas; 4) carvão e aço; 5) construção naval.

No sector da hotelaria e restauração apenas podem candidatar-se os restaurantes e hotéis de duas estrelas ou superior.  

VALOR DA AJUDA: O custo passível de apoio deverá ser superior a € 35.000 e não superior a € 500.000, a partir de 15% do valor desse custo e até 50% em certos casos. 

CUSTO PASSÍVEL DE APOIO: activos fixos incluindo obra civil e bens de equipamento, bem como activos imateriais ligados à transferência de tecnologia; custo das matérias primas, produtos terminados ou serviços de profissionais independentes necessários para a venda do produto; despesas de I+D e cânon de franquia no seu primeiro ano; arrendamento de bens imóveis até um ano; despesas do parecer do auditor. 

APRESENTAÇÃO DE CANDIDATURAS: Desde o dia 2 de Janeiro de 2014 até ao dia 30 de Abril de 2014.

17/12/2013

APOIOS E SUBVENÇÕES NA GALIZA (I)



Estão a ser publicadas neste mês de Dezembro algumas das convocatórias para apoios e subvenções na Galiza em 2014. Hoje apresentamos as ajudas para projetos de investimento empresarial.

OBJETIVO: Criação de um novo estabelecimento, ampliação de um estabelecimento existente, a diversificação da produção de um estabelecimento com novos produtos adicionais ou um câmbio essencial no processo de produção de um estabelecimento existente, que suponha um investimento passível de apoio igual ou superior a 200.000 euros.

BENEFICIÁRIOS: Sociedades comerciais existentes ou em constituição que realizem alguma iniciativa empresarial num centro de trabalho, objeto de projeto de investimento na Galiza.

VALOR DA AJUDA: Terá um limite máximo de 50% da intensidade da ajuda ou € 2.000.000,00.

05/12/2013

FERIADOS EM ESPANHA PARA 2014

Os dias feriados em Espanha podem variar bastante de região para região. Vamos indicar os feriados comuns bem como alguns regionais:


Feriados Comuns

1 de Janeiro (Ano Novo)
6 de Janeiro (Epifania do Senhor)
1 de Maio (Dia do Trabalho)
15 de Agosto (Assunção da Nossa Senhora)
1 de Novembro (Dia de Todos os Santos)
6 de Dezembro (Dia da Constituição)
8 de Dezembro (Imaculada Conceição) 
25 de Dezembro (Natal)


Feriados Região de Madrid

17 de Abril (Quinta-Feira Santa)
18 de Abril (Sexta-Feira Santa)
2 de Maio (Festa da Região) 
19 de Junho (Corpo de Deus)


Feriados Catalunha

21 de Abril (Segunda-Feira da Páscoa)
24 de Junho (São João)
11 de Setembro (Festa da Região)
26 de Dezembro (Santo Estêvão)

Feriados Galiza

17 de Abril (Quinta-Feira Santa)
18 de Abril (Sexta-Feira Santa)
17 de Maio (Dia das Letras Galegas)
25 de Julho (Santiago Apóstolo)

22/11/2013

MENOS EXENCIONES PARA LA CERTIFICACIÓN DE SOFTWARE DE FACTURACIÓN EN PORTUGAL


Con la publicación de la Portaria nº 340/2013, de 22 de noviembre, Portugal da una vuelta de tuerca más a la obligación de usar software de facturación certificado. La anterior norma, Portaria 363/2010, de 23 de junio, contemplaba, entre otras, dos exenciones:

a)  Cuando el software había sido producido internamente o por empresa integrada en el mismo grupo económico y fuesen titulares de los derechos de autor;
b)  Cuando el volumen de negocios en el período de tributación anterior no hubiese alcanzado los € 150.000.

Si se daba cualquiera de estos dos requisitos no era obligatorio el uso de software certificado. Sin embargo, con la nueva norma, la primera exención desaparece y el límite de la segunda baja hasta los € 100.000. Estas medidas entrarán en vigor el 1 de enero de 2014. Las empresas que no estén trabajando ya con software de facturación certificado deberán verificar si deben modificar o certificar su software.

13/11/2013

DECISIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PORTUGUÉS SOBRE LA REFORMA LABORAL (y II)

Concluimos nuestro análisis de la Sentencia del Tribunal Constitucional portugués sobre la reforma laboral, desgranando algunos de los temas más relevantes:

3.- Descanso compensatorio por trabajo extraordinario

 La Ley 23/2012 eliminaba el principio de tratamiento más favorable cuando el convenio concedía un descanso compensatorio por trabajo extraordinario realizado en día hábil, día de descanso o día festivo. El TC declaró inconstitucional esa norma por lo que debe concederse el descanso compensatorio al trabajador que realice horas extraordinarias cuando así esté previsto en su convenio.
 
4.- Aumento retributivo de las horas extraordinarias y del trabajo normal en día festivo

El TC declaró inconstitucional la norma que reducía a la mitad el valor previsto en convenio para retribuir las horas extraordinarias y de trabajo normal en día festivo. Los trabajadores volverán a percibir los valores previstos en el convenio a partir del 1 de agosto de 2014.

5.- Mejora de días de vacaciones

La Ley 23/2012 también eliminaba el principio de tratamiento más favorable cuando el convenio concedía una mejora en el número de días de vacaciones. Al ser declarada dicha norma inconstitucional debe otorgarse al trabajador la mejora prevista en el convenio.

23/10/2013

DECISIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PORTUGUÉS SOBRE LA REFORMA LABORAL (I)

El Tribunal Constitucional portugués se pronunció recientemente, a través de su sentencia nº 602/2013, de 20 de septiembre, sobre la constitucionalidad de algunos de los cambios en materia laboral introducidos por la Ley 23/2012, de 25 de junio. Los cambios tachados de inconstitucionales fueron los siguientes:

 1.- Despido por extinción del puesto de trabajo 
La Ley 23/2012 sustituyó el criterio de la menor antigüedad a la hora de extinguir un puesto de trabajo por el de criterios “relevantes y no discriminatorios”. Según el Tribunal Constitucional (TC) dicha norma violaba la prohibición de despido sin justa causa al permitir al empresario definir los criterios de determinación del puesto de trabajo a extinguir. 

2.- Despido por inadaptación 
La Ley 23/2012 revocó uno de los requisitos para el despido por inadaptación: que no exista en la empresa otro puesto de trabajo disponible y compatible con la cualificación del trabajador. De nuevo, el TC entiende que con dicha revocación se viola el principio de prohibición de despido sin justa causa.

09/10/2013

INVESTOR VISA IN SPAIN (and III)


On our last post on the Spanish investor’s visa we had briefly touched on the subject of citizenship. It is worth noting that there is a draft law in the works that will render a minimum knowledge of Spanish compulsory.

Another important issue regards the need for a visa or not to enter Spain. EEE countries plus Andorra just need their ID cards. The following countries need a passport valid for 3 months after the end of the traveller’s stay (maximum stay is 90 days):

Albania, Antigua and Barbuda, Algeria, Argentina, Australia, Azerbaijan, Bahamas, Barbados, Bermudas, Bolivia, Bosnia-Herzegovina, Brazil, Brunei, Canada, Chile, Colombia, Costa Rica, Croatia, Egypt, El Salvador, Ecuador, Georgia, Guatemala, Honduras, Israel, Japan, Kazakhstan, Kuwait, Macedonia, Malaysia, Mauritania, Mauritius, Mexico, Moldova, Monaco, Montenegro, Morocco, New Zealand, Nicaragua, Panama, Paraguay, Peru, Philippines, Russia, Saint Christopher and Nevis, Senegal, Serbia, Seychelles, Singapore, South Africa, South Korea, Taiwan, Thailand, Tunisia, Turkey, Ukraine, United Arab Emirates, United States, Uruguay, Vatican, Venezuela, Vietnam, as well as Hong Kong and Macao. (This list may be subject to changes)

On a final note, reunification is possible and the following family members are eligible for reunification: spouse or de facto partner; children under legal age (18); sponsor’s parents (if they are over 65 years old) and spouse’s parents (if they depend economically on the sponsor): minors and disabled under the sponsor’s custody.

As regards the reunification of the spouse’s parents, evidence must be produced to prove that the parents do not have the financial resources to support themselves.

07/10/2013

INVESTOR VISA IN SPAIN (II)


The Spanish investor’s visa is valid, initially, for one year. The investor can apply thereafter for a residence permit, which is valid for 2 years and renewable for 2-year periods. Applicants that want to keep their residence after the initial term must travel at least once to Spain.

In order to obtain or renew the permit, the applicant must fulfil the initial conditions when the visa was issued: ie, maintain an investment of € 1 or € 2 million; be the owner of real estate valued at € 500,000; maintain the investment project free of debts before the Internal Revenue Service and Social Security and obtain a favourable report form the Directorate General of Trade and Investment.

Finally, as a general rule, after a ten-year residence period residents can apply for Spanish citizenship. Citizens from Latin-American countries, Andorra, Equatorial Guinea, Philippines, Portugal and of Sephardic origin just need a two-year residence period.

01/10/2013

INVESTOR VISA IN SPAIN (I)

The Entrepreneurship Act was finally passed last September 28th. Non-EU/ EEA citizens may now apply for an investor visa in Spain if they meet one of the following requirements:

1.- Buy real estate with a minimum value of € 500,000 (the first € 500,000 must be free of liens);
2.- Invest € 2 million in Spanish bonds;
3.- Invest € 1 million in shares of Spanish companies;
4.- Deposit € 1 million in a bank account;
5.- Undertake a business project of general interest to be executed in Spain. This project must meet at least one of the following conditions:
- Creation of jobs;
- Investment of socioeconomic impact in the region where it will be executed;
- Relevant contribution to scientific and/ or technological innovation.
The project must also receive the approval of the Spanish Economic and Trade Office nearest to the applicant in the form of a favourable report.


It is worth noting that the investment can also be executed through a company if the applicant holds the majority of voting rights. Finally, the investor visa allows for an initial residency of a 1 year period. 

30/09/2013

NUEVAS COMPENSACIONES POR DESPIDO EN PORTUGAL (II)

En nuestra última entrada analizábamos los nuevos valores previstos por la ley portuguesa en caso de despido. No obstante, debemos tener en cuenta la fecha de celebración del contrato para calcular la indemnización correctamente.

Régimen transitorio en caso de cese de contrato de trabajo indefinido (SEM TERMO)

  • En el caso de cese de contrato de trabajo celebrado antes del día 1 de noviembre de 2011, la compensación prevista en el n.º 1 del artículo 366.º del CT, se calcula de la siguiente forma:

a) Duración hasta el 31 de octubre de 2012: la compensación será de 1 mes de salario base y complemento de antigüedad por cada año completo de antigüedad o calculado proporcionalmente en caso de fracción de año;

b) Duración del contrato a partir del 1 de noviembre de 2012, inclusive, hasta el 30 de septiembre de 2013: la compensación corresponde a 20 días de salario base y complemento de antigüedad calculado proporcionalmente al periodo efectivo de trabajo prestado;

c) Duración a partir del 1 de octubre de 2013, inclusive, la compensación corresponde a la suma de las siguientes cantidades:

    1. 18 días de salario base y complemento de antigüedad, relativamente a los 3 primeros años de duración del contrato, por cada año de antigüedad;
    2. 12 días de salario base y complemento de antigüedad por cada año completo de antigüedad, en los siguientes años;
    3. Lo dispuesto en la linea i) se aplica únicamente en los casos en que el contrato de trabajo, a 1 de octubre de 2013, aún no haya alcanzado la duración de tres años.

La compensación no puede ser inferior a 3 meses de salario base y complemento de antigüedad.

09/09/2013

NUEVAS COMPENSACIONES POR DESPIDO EN PORTUGAL (I)

La reciente publicación de la Ley n.º 69/2013, de 30 de agosto, alteró por quinta vez el Código del Trabajo portugués, incidiendo, de modo particular, sobre el valor de la compensación debida por el cese del contrato de trabajo.

1.- Deberes de información y de comunicación del empresario

El empresario informará al trabajador sobre la identificación del fondo de compensación de trabajo o del mecanismo equivalente.

Asimismo, el empresario comunicará a la ACT (Inspección del  Trabajo) la adhesión al fondo de compensación del trabajo o al mecanismo equivalente.


2.- Valores de la compensación


A) CADUCIDAD DEL CONTRATO DE TRABAJO POR VOLUNTAD DEL EMPRESARIO

  • CADUCIDAD CONTRATO A TERMO CERTO:
    • 18 días de salario base y complemento de antigüedad por cada año completo de antigüedad.
  • CADUCIDAD CONTRATO A TERMO INCERTO:
    • Durante los 3 primeros años: 18 días de salario base y complemento de antigüedad por cada año completo de antigüedad.
    • Posteriormente a los 3 primeros años: 12 días de salario base y complemento de antigüedad por cada año completo de antigüedad.
  • DESPIDO COLECTIVO:
    • 12 días de salario base y complemento de antigüedad por cada año completo de antigüedad.

El empresario es responsable por el pago del total de la compensación, sin perjuicio del derecho al reembolso ante el fondo de compensación del trabajo o mecanismo equivalente y del derecho del trabajador a accionar el fondo de garantía de compensación del trabajo, en los términos previstos en la ley.

28/08/2013

INVESTOR VISA IN PORTUGAL (and III)

We conclude our series on the Portuguese Golden Programme for investors with some final questions:


8.- For how long is the golden permit valid?

The golden permit is valid, initially, for one year and then it is renewed every 2 years.

9.- How long does it take for the golden permit to be issued?

When the initial application is complete, the permit is issued in 72 hours. However, please allow a few more days for complete processing.

10.- Are there any requirements to renew the golden permit?

In order to renew the permit, the applicant must fulfil the initial conditions when the permit was issued: ie, maintain an investment of € 1,000,000; create 10 jobs; be the owner of real estate valued at € 500,000.

11.- Is reunification possible?

The following family members are eligible for reunification: spouse; children under legal age (18); children of legal age if single and studying in a Portuguese institution; sponsor’s or spouse’s parents (if they depend on the sponsor): younger brothers under the sponsor’s custody.

As regards the reunification of sponsor’s or spouse’s parents, evidence must be produced to prove that the parents do not have the financial resources to support themselves.

12.- Are there any costs involved?

Yes, there are three main costs:

a) A processing fee for application and renewal: € 513.75 (plus € 80.04 per family member);
b) Initial Permit for applicant or family member: € 5,137.50;
c) Renewal of Permit: € 2,568.75.

08/08/2013

INVESTOR VISA IN PORTUGAL (II)

We continue our series on the Portuguese Golden Programme for investors with another helping of faqs:

4.- Can a permanent residence be requested?

Applicants can request permanent residence after 5 years of residence in Portugal

5.- Can residents apply for citizenship?

After a six year period, residents can apply for Portuguese citizenship.

6.- Are there language requirements in order to apply for citizenship?

One of the requirements is to have at least an A2 level according to the Common European Framework of Reference for Languages

7.- Which countries do not need visa to enter Portugal?

EEA countries plus Andorra just need their ID cards.

The following countries just need a passport valid for 3 months after the end of the traveller’s stay (maximum stay is 90 days): Antigua and Barbuda, Argentina, Australia, Bahamas, Barbados, Bermudas, Bolivia, Brazil, Brunei, Canada, Chile, Costa Rica, Croatia, El Salvador, Guatemala, Honduras, Israel, Japan, Macedonia, Malaysia, Mauritius, Mexico, Monaco, Montenegro, New Zealand, Nicaragua, Panama, Paraguay, Saint Christopher and Nevis, São Marino, Serbia, Seychelles, Singapore, South Korea, United States, Uruguay, Vatican, Venezuela as well as Hong Kong and Macao. (This list may be subject to changes)

05/08/2013

INVESTOR VISA IN PORTUGAL (I)

The new Portuguese golden programme has stirred much interest among investors that would like to obtain a visa to live in Portugal. The following faqs are provided as general guidance:

1.- Which are the general conditions to be eligible for the Programme?

The law has considered three conditions which can render an investor eligible for the Programme (meeting one of them is enough to qualify the applicant):

a) Minimum capital investment of € 1,000,000 (this also includes investment in shares);
b) Creation of at least 10 jobs;
c) Acquisition of property for a minimum amount of € 500,000 (with no liens or encumbrances).

2.- Are there any limitations as to the buying of real estate?

The only limitation is that each applicant must invest at least € 500,000 and the property must be free of liens and encumbrances.

Property can be bought with other investors as long as each one has a minimum share of € 500.000.

All types of property are eligible and may be used or leased freely.

3.- Does the applicant need to physically stay in Portugal?

When applying for the Golden Programme, there are certain requirements that must be met. If the applicant wants to renew his permit (after the first year, or after each subsequent two-year period), one of the requirements is to physically stay in Portugal for a number of days:

First year: at least 7 days (whether consecutive or not);
At least 14 days (whether consecutive or not), during the next 2 year period. 

26/07/2013

VISTO PARA INVESTIDORES EM ESPANHA

De acordo com o projecto da Lei de Apoio ao Empreendedorismo, os cidadãos de fora do Espaço Económico Europeu podem solicitar um visto de residência para  investidores se cumprirem um dos seguintes requisitos:

1.- Compra de imóveis em Espanha por valor mínimo de € 500.000 (os primeiros quinhentos mil euros devem ser livres de gravames);
2.- Investir € 2 milhões em obrigações do Estado espanhol;
3.- Investir € 1 milhão em acções de sociedades espanholas;
4.- Depositar € 1 milhão numa conta bancária em Espanha;
5.- Executar em Espanha um projecto empresarial de interesse geral. O projecto deve cumprir com uma das seguintes condições:
- Criação de postos de trabalho (embora o projecto não especifica quantos);
- Impacto socioeconómico na região onde o investimento seja executado;
- Contribuição relevante do ponto de vista teconológico ou científico;


O visto permite uma residência inicial de um ano que depois pode ser renovado por períodos de dois anos

22/07/2013

INVESTOR VISA IN SPAIN

According to the draft Entrepreneurship Act, non-EEA citizens may apply for an investor visa in Spain if they meet one of the following requirements:

1.- Buy real estate with a minimum value of € 500,000 (the first € 500,000 must be free of liens);
2.- Invest € 2 million in Spanish bonds;
3.- Invest € 1 million in shares of Spanish companies;
4.- Deposit € 1 million in a bank account;
5.- Undertake a business project of general interest to be executed in Spain. This project must meet at least one of the following conditions:
- Creation of jobs (the draft does not specify how many);
- Investment of socioeconomic impact in the region where it will be executed;
- Relevant contribution to scientific and/ or technological innovation.

The investor visa allows for an initial residency of a 1 year period; visa holders can then apply for a residence permit which allows for a 2 year period stay. 

16/07/2013

INVERTIR EN URUGUAY (y IV)

Cerramos esta serie dedicada a la inversión en Uruguay recogiendo los beneficios que ofrecen las Zonas Francas en este país. 

Las sociedades anónimas que operan como usuarias de Zonas Francas gozan de los siguientes beneficios:

1.- Exención de todo impuesto nacional, incluido el Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE). El pago de dividendos por parte de la usuaria de zona franca a sus accionistas domiciliados en el exterior tampoco se encuentra sujeto a retenciones impositivas en Uruguay.


2.- La exención no abarca a las contribuciones de seguridad social, salvo para el personal extranjero que puede optar por no cotizar en su país de origen.

3.- El 75% del personal deben ser ciudadanos uruguayos.

4.- Los pagos de royalties, intereses, servicios técnicos y dividendos efectuados al exterior por usuarios de zona franca no se encuentran gravados por retenciones del Impuesto a la Renta de No Residentes (IRNR). 

5.- Las entradas y salidas de bienes de la Zona Franca están exentas de todo tributo

(*) Información proporcionada por el Instituto de Promoción de Inversiones y Exportaciones de Bienes y Servicios de Uruguay. 

04/07/2013

INVERTIR EN URUGUAY (III)

Entre las ventajas que pueden encontrar los inversores en Uruguay, algunas están dirigidas de forma específica al sector turístico (*):

Industria turística

Al amparo de la Ley de Promoción Industrial, el Poder Ejecutivo declaró de interés nacional las inversiones en Complejos Turísticos (Decreto 175/2003), otorgando a los mismos varios beneficios tributarios adicionales a los previstos por la Ley de Promoción Industrial y la Ley de Inversiones.

1.- Crédito por el Impuesto al Valor Agregado (IVA) incluido en las compras en plaza de bienes y servicios destinados a la construcción, mejora o ampliación del Complejo Turístico, así como exención del IVA a la importación de bienes con igual destino.

2.- Exención del Impuesto al Patrimonio al cierre del ejercicio de iniciación de las obras y los 10 años siguientes sobre las inversiones en terrenos, infraestructura y obra civil de Complejos Turísticos, sus mejoras o ampliaciones.

3.- Exención del Impuesto al Patrimonio sobre el equipamiento de Complejos Turísticos al cierre del ejercicio de su incorporación y los cuatro siguientes.

4.- Exención de tributos a la importación del equipamiento necesario para el Complejo Turístico.

5.- Amortización acelerada a efectos del Impuesto a la Renta de las Actividades Económicas de las construcciones, mejoras y ampliaciones de Complejos Turísticos en un plazo de 15 años y de las inversiones en equipamiento en un plazo de 5 años.

(*) Información proporcionada por el Instituto de Promoción de Inversiones y Exportaciones de Bienes y Servicios de Uruguay. 

01/07/2013

INVERTIR EN URUGUAY (II)

Continuamos analizando las oportunidades ofrecidas por Uruguay para la inversión extranjera, en particular los beneficios fiscales existentes (*).

Exención a la reinversión de utilidades

Las empresas que inviertan en determinados bienes se benefician con una exención a efectos del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE) de un porcentaje del coste de los mismos. 

Dicho porcentaje es de hasta el 40% en la adquisición de máquinas e instalaciones industriales, máquinas agrícolas, mejoras fijas en el sector agropecuario, vehículos utilitarios, bienes muebles para el equipamiento y reequipamiento de hoteles, moteles y paradores, bienes de capital destinados a mejorar la prestación de servicios al turista en entretenimiento, esparcimiento, información y traslados, equipos necesarios para el procesamiento electrónico de datos y para las comunicaciones, fertilizantes fosfatados destinados a la instalación y a la refertilización de praderas permanentes (previa certificación de su destino), etc.

El porcentaje es del 20% tratándose de construcción de hoteles, moteles y paradores, y de construcción de edificios industriales o ampliación de los mismos.

Las rentas que se exenten por aplicación de este beneficio no pueden superar el 40% de las rentas netas del ejercicio tras deducir otras exenciones por regímenes especiales (de existir un excedente puede arrastrarse hasta a los dos ejercicios siguientes), y no pueden ser distribuidas, debiéndose crear una reserva cuyo destino final es la capitalización.

Exención a las inversiones en planta y equipos industriales

Los bienes muebles del equipo industrial directamente afectados al ciclo productivo se computan por el 50% de su valor fiscal para el Impuesto al Patrimonio (IP). Por otra parte, los bienes de capital directamente usados en el ciclo productivo y los equipos usados para el procesamiento de datos se encuentran exentos de dicho impuesto. Los bienes inmuebles destinados a la explotación agropecuaria, excluidas las mejoras, también se consideran activos exentos a efectos del IP.

(*) Información proporcionada por el Instituto de Promoción de Inversiones y Exportaciones de Bienes y Servicios de Uruguay. 

27/06/2013

INVERTIR EN URUGUAY (I)

Empezamos una nueva serie de posts sobre inversión en Uruguay y las ventajas que nos puede ofrecer este país suramericano. Veremos la legislación aplicable, qué sectores económicos despiertan especial interés y cómo funcionan las zonas francas.

Así, en virtud de la Ley n° 16.906, de Inversiones de Uruguay, declara de interés nacional la promoción y protección de inversiones realizadas por inversores nacionales y extranjeros en territorio nacional. Existen tanto beneficios atribuidos de forma automática como otros que se adjudican de acuerdo con las características del proyecto.

Como beneficios automáticos tenemos:

1.- Exención del Impuesto al Patrimonio (IP) de los bienes muebles destinados directamente al ciclo productivo y de los equipos para el tratamiento electrónico de datos;

2.-  Exención del Impuesto al Valor Añadido (IVA) y del Impuesto Específico Interno (IMESI) correspondientes a la importación y devolución del IVA incluido en las compras de los bienes muebles destinados al ciclo productivo y equipos para el tratamiento electrónico de datos.

07/06/2013

DRAFT ENTREPRENEUR SUPPORT ACT IN SPAIN

In an effort to stimulate the creation of new business projects, the Spanish Government is preparing legislation that would help entrepreneurs on their way.

The draft of the Entrepreneur Support Act contains some interesting ideas that should come to full fruition in the next weeks:

1.- Incorporation of companies in 24 hours;
2.- No additional red tape: each new procedure will be compensated by the elimination of an older one (one in-one out);
3.- Sole traders with limited responsibility: sole traders will not lose their homes (main residence with a maximum value of € 300,000) for any losses their business might make;  
4.- Business angels will benefit from a tax deduction of 20% of their investment (maximum allowed investment for this purpose is € 200,000, so the deduction is capped at € 4,000).

27/05/2013

HACER NEGOCIOS EN COLOMBIA (Y IV)

Finalizamos nuestro breve recorrido por el mercado colombiano haciendo mención a la Ley 1429/2010, Ley de Formalización y Generación de Empleo, que contiene importantes incentivos de tipo fiscal y laboral.

Así, las pequeñas empresas (con menos de 50 trabajadores y cuyos activos totales no superen los 5.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes*) disfrutan de tipos reducidos en el Impuesto sobre la Renta:
0% durante los dos primeros años gravables;
25% durante el tercer año;
50 en el cuarto;
75% en el quinto;
100% en el sexto.

No obstante, existe una importante excepción para las empresas localizadas en Amazonas, Guainía y Vaupés que disfrutan de las siguientes reducciones y plazos:
0% durante los primeros ocho años gravables;
50% en el noveno año;
75% en el décimo;
100% en el undécimo.

Hay que destacar también que los pagos parafiscales y otras contribuciones en la nómina siguen la misma progresividad apuntada.

Las tasas de la matrícula mercantil y su renovación se pagarán de la siguiente manera:
0% en el primer año;
50% en el segundo;
75% en el tercero;
100% a partir del cuarto.


* El salario mínimo mensual legal vigente en 2013 es de 589.500 pesos – aproximadamente 242 euros. 

23/05/2013

HACER NEGOCIOS EN COLOMBIA (III)


Un aspecto crucial de cualquier inversión se refiere a la entrada y permanencia en el país donde se va a ejecutar dicha inversión. Por ello, la obtención de un visado se antoja uno de los puntos que deben prepararse con más antelación.

En el caso de Colombia, podemos destacar los siguientes tipos de visados:

Visado temporal: para efectuar contactos y actividades comerciales. Su duración máxima es de 180 días.

Visado para inversionista: pueden solicitarlo los extranjeros que efectúen una inversión mínima de USD 200.000 (en el caso de adquisición de inmuebles) o de USD 100.000 (para otro tipo de bienes). La inversión debe mantenerse por un mínimo de 3 años.

Visado de negocios: indicado para los representantes legales y directivos de empresas extranjeras que mantengan relaciones comerciales con Colombia. La duración máxima es de 4 años y se puede permanecer en el país hasta un año por entrada. 

13/05/2013

HACER NEGOCIOS EN COLOMBIA (II)


Seguimos viendo cómo hacer negocios en Colombia, y esta vez nos fijamos en los incentivos otorgados por las Zonas Francas.

En primer lugar, existen regímenes de ZF Permanente Especial (ZFPE) o de ZF Uniempresarial (ZFU), ZF Permanente (ZFP) o ZF Multiusuario (ZFM).

En estos territorios no se aplican los aranceles y, en la mayor parte de los casos, hay una reducción sobre el impuesto sobre la renta. Hay que tener en cuenta que la sociedad debe constituirse en la propia ZF, no siendo posible la redomiciliación de una sociedad preexistente.

En general, los incentivos previstos son:

1.- Tipo único del 15% del Impuesto sobre la Renta;
2.- Exención del pago de las tasas e impuestos (IVA y arancel) mientras los bienes permanezcan en el territorio de la ZF.

Otros beneficios consisten en:

1.- Entrada de mercancía nacional o extranjera para almacenamiento temporal, sin necesidad de trámites aduaneros;
2.- Posibilidad de retirar temporalmente las materias primas para su procesamiento parcial fuera de la ZF por período de hasta 9 meses;
3.- Exención del IVA en las ventas realizadas por alguien dentro del resto del territorio nacional a usuarios dentro de la ZF (para bienes terminados, materias primas e insumos dentro del territorio colombiano que sean usados en procesos de producción propios del objeto social o vayan a exportarse).

08/05/2013

HACER NEGOCIOS EN COLOMBIA (I)


El momento actual de crecimiento y estabilidad de la economía colombiana convierte a este país en uno de los de mayor atractivo para la inversión. El tratado de libre comercio con Estados Unidos o la reciente subida del rating de su economía no hacen sino reforzar esta impresión. Así, tanto el sector agropecuario, como el manufacturero o el de servicios representan oportunidades de interés.

¿Cuáles son los vehículos habituales de inversión en Colombia?

El derecho societario colombiano nos ofrece las siguientes posibilidades:

Sucursal: funciona como una extensión de la casa matriz, sin personalidad jurídica propia (por lo que la responsabilidad se transmite a ésta). Debe nombrarse un representante o mandatario.

Empresa unipersonal

Sociedad de Responsabilidad Limitada: mínimo de 2 socios y máximo de 25.

Sociedad por Acciones Simplificada: a partir de un accionista. La ausencia de formalidades para su constitución la convierte en un instrumento muy popular entre los inversores.

Sociedad Anónima: a partir de 5 accionistas. 

22/04/2013

NOVAS MEDIDAS ECONÓMICAS DO GOVERNO ESPANHOL

O Governo espanhol está a apostar em novas medidas para fomentar o empreendedorismo e impulsionar a economia. As principais medidas previstas são as seguintes:


1.- Taxa de IRC reduzida (15%) para sociedades de nova criação, durante os dois primeiros anos com resultados positivos;
2.- Os trabalhadores independentes poderão aplicar uma redução de 20% nos lucros líquidos durante os dois primeiros exercícios com resultados positivos;
3.- O Instituto Oficial de Crédito (ICO) irá ampliar as suas linhas de crédito em € 22.000 milhões;
4.- As entidades bancárias contribuirão com crédito às pmes por valor de € 10.000 milhões;
5.- Bonificação das contribuições empresariais à Segurança Social quando as empresas contratem trabalhadores com menos de 30 anos: 75% para empresas com mais de 250 trabalhadores e 100% para o resto;
6.- A partir de Janeiro/ 2014 as pmes com volume de negócios inferior a € 2 milhões não terão que pagar o IVA até o terem recebido;
7.- Plano de pagamento de fornecedores da Administração por valor de € 2.700 milhões;
8.- Duplo incentivo fiscal para “business angels”: por um lado, dedução de 15% na quota estatal no IRS; por outro, isenção parcial (50%) nas mais-valias pela venda da participação se o produto for reinvestido noutra sociedade de recente criação;
9.- As empresas com volume de negócio inferior a 10 milhões de euros poderão deduzir até 10% da quota no IRC dos lucros obtidos no período em que se produzir o reinvestimento na atividade económica;
11.- Os beneficiários da prestação por desemprego menores de 30 anos poderão capitalizar 100% da prestação para investir numa sociedade com a qual tenha vínculos profissionais. 

11/04/2013

INCENTIVOS A LA INVERSIÓN EN PERÚ (II)


RÉGIMEN ESPECIAL DE RECUPERACIÓN ANTICIPADA DEL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS (IGV) 

Consiste en la devolución del IGV que gravó las importaciones y/o adquisiciones locales de bienes de capital nuevos, bienes intermedios nuevos, servicios y contratos de construcción, realizados en la etapa preproductiva y empleados por los beneficiarios del Régimen directamente en la ejecución de los proyectos previstos en los Contratos de Inversión y que se destinen a la realización de operaciones gravadas con el IGV o a exportaciones.  
Los requisitos para beneficiar del incentivo son:
1.- Suscribir un Contrato de Inversión con ProInversión y el Sector correspondiente, en representación del Estado,  comprometiéndose a realizar inversiones durante la etapa preoperativa del proyecto por un valor no inferior a US$ 5.000.000,00.

2.- Que el proyecto requiera de una etapa preproductiva igual o mayor a dos años, contado a partir de la fecha del inicio del cronograma de inversiones contenido en ell Contrato de Inversión.

3.- Obtener la Resolución Suprema refrendada por el Ministro de Economía y el titular del Sector correspondiente, aprobando las personas beneficiarias del régimen; así como los bienes, servicios y contratos de construcción que otorgarán la Recuperación Anticipada del IGV, para cada contrato.

08/04/2013

INCENTIVOS A LA INVERSIÓN EN PERÚ (I)


Perú es actualmente uno de los países con mayor crecimiento en Iberoamérica, con un aumento del PIB del 6,9% en 2011 y una previsión del 6% para los años 2012 y 2013. El país ofrece varios incentivos a la localización de inversiones, en particular en la Zona Franca de Tacna (Zofratacna) y la Amazonía.



Zofratacna



Las ventajas principales son las siguientes:



1.- La importación de maquinarias y equipos, herramientas y repuestos de origen extranjero hacia ZOFRATACNA gozarán de un régimen especial de suspensión del pago de derechos e impuestos de aduanas y demás tributos que gravan la importación.


2.- El ingreso de bienes y la prestación de servicios provenientes del resto del territorio peruano hacia ZOFRATACNA se considerará como una exportación definitiva o temporal, según corresponda.


3.- La salida de mercancía que tenga como destino el resto del territorio de Perú podrá acogerse a cualquiera de los regímenes, operaciones y destinos aduaneros señalados en la Ley General de Aduanas.


4.- Las operaciones que se efectúen entre los usuarios dentro de la Zona Franca, están exentas del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto de Promoción Municipal.



Amazonía


Comprende los siguientes departamentos: Loreto, Madre de Dios, Ucayali, Amazonas, San Martín, y algunas provincias de departamentos adyacentes.



Los beneficios potenciales son:



1.- Impuesto de la Renta rebajado entre el 10% - 25 % para proyectos de inversión en la Amazonía centrados en determinadas actividades: agropecuarias, acuicultura, pesca, turismo, actividades manufactureras, extracción y transformación forestal.



2.- Exención del Impuesto a la Renta en la Amazonía para proyectos que desarrollen principalmente actividades agrarias y/o de transformación o procesamiento de los productos calificados como cultivo nativo (palma aceitera, café, cacao) y/o producto alternativo al cultivo de la coca.



3.- Impuesto de la Renta Reducido: entre el 10 y el 15% para proyectos de inversión centrados en la transformación del aceite de palma, café y cacao.



4.- Impuesto de la Renta Reducido: entre el 10% y el 15 % para empresas dedicadas a la actividad de comercio en la Amazonía que reinviertan al menos el 30% de su renta neta en proyectos de inversión.

5.- Exención del IGV y del Impuesto Selectivo al Consumo a las empresas ubicadas en los departamentos de Loreto, Ucayali y Madre de Dios por las ventas que realicen en dichos departamentos, para el consumo en ellos.

Información: Proinversión - Agencia de Promoción de la Inversión Privada - Perú


28/03/2013

APPLICANTS FOR SPANISH CITIZENSHIP PUT TO THE TEST

According to the draft bill that will reform Spanish Registries, applicants wishing to acquire Spanish citizenship will have to pass an official language test. Acquisition of citizenship through residency will be partly amended, as applicants will pledge allegiance to the Constitution by means of a notarized document. The Authorities hope this new procedure will shorten present delays.

18/03/2013

INCENTIVOS A LA INVERSIÓN EN ECUADOR (Y II)

Siguiendo con nuestro anterior post, analizamos algunos de los incentivos previstos por la legislación ecuatoriana para las inversiones en este país.

Existen incentivos para la realización de inversiones en zonas deprimidas. Para la consideración de zona deprimida se estará a la metodología seguida por el Consejo Sectorial de la Producción. Así, además de los incentivos generales y sectoriales, se añade la deducción del coste de contratación de trabajadores por un plazo de 5 años.

Las medianas empresas pueden disfrutar también de ventajas fiscales, en concreto la deducción del 100% de los siguientes gastos durante 5 años:

a) Capacitación técnica dirigida a investigación, desarrollo e innovación tecnológica, que mejore la productividad, y que el beneficio no supere el 1% del valor de los gastos efectuados por conceptos de sueldos y salarios del año en que se aplique el beneficio;

b) Gastos en la mejora de la productividad a través de las siguientes actividades: asistencia técnica en desarrollo de productos mediante estudios y análisis de mercado y competitividad; asistencia tecnológica a través de contrataciones de servicios profesionales para diseño de procesos, productos, adaptación e implementación de procesos, de diseño de empaques, de desarrollo de software especializado y otros servicios de desarrollo empresarial que serán especificados en el Reglamento de esta ley, y que el beneficio no superen el 1% de las ventas;

c) Gastos de viaje, estancia y promoción comercial para el acceso a mercados internacionales, tales como rondas de negocios, participación en ferias internacionales, entre otros costes o gastos de similar naturaleza, y que el beneficio no supere el 50% del valor total de los costes y gastos destinados a la promoción y publicidad. 

Fuente: Ministerio Coordinador de Producción, Empleo y Competitividad de Ecuador