Empezamos
una nueva serie de posts sobre inversión en Uruguay y las ventajas que nos puede
ofrecer este país suramericano. Veremos la legislación aplicable, qué sectores
económicos despiertan especial interés y cómo funcionan las zonas francas.
Así,
en virtud de la Ley
n° 16.906, de Inversiones de Uruguay, declara de interés nacional la promoción y
protección de inversiones realizadas por inversores nacionales y extranjeros en
territorio nacional. Existen tanto beneficios atribuidos de forma automática
como otros que se adjudican de acuerdo con las características del proyecto.
Como
beneficios automáticos tenemos:
1.- Exención del Impuesto al Patrimonio (IP) de los bienes muebles destinados directamente al ciclo productivo y de los equipos para el tratamiento electrónico de datos;
1.- Exención del Impuesto al Patrimonio (IP) de los bienes muebles destinados directamente al ciclo productivo y de los equipos para el tratamiento electrónico de datos;
2.- Exención del Impuesto al Valor Añadido (IVA) y del Impuesto Específico Interno (IMESI) correspondientes a la importación y devolución del IVA incluido en las compras de los bienes muebles destinados al ciclo productivo y equipos para el tratamiento electrónico de datos.