INVERSOR IBÉRICO



DESTINADO TANTO AL INVERSOR ESPAÑOL EN PORTUGAL COMO AO INVESTIDOR PORTUGUÊS EM ESPANHA

28/10/2009

¿ESTÁ PREPARADO PARA EL CÓDIGO CONTRIBUTIVO? (II)

Desglosando las novedades reguladas en el Código Contributivo, nos referimos a los tipos de cotización establecidos como regla general para las contingencias comunes siendo el tipo general el 34,75%; 23,75% aplicado a la empresa mientras que el 11,00% es el que se aplica al trabajador.

Aunque nos quede lejos, a partir del 1 de enero del 2011, según el artículo 55 del Código Contributivo, el tipo de cotización supra mencionado a cargo de la empresa se verá reducido en un 1% en el supuesto de contratos de trabajo por tiempo indeterminado y, por el contrario, aumentado en un 3% en el supuesto de contratos por tiempo determinado.

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