RÉGIMEN ESPECIAL DE RECUPERACIÓN ANTICIPADA DEL IMPUESTO GENERAL
A LAS VENTAS (IGV)
Consiste en la devolución del IGV que gravó las
importaciones y/o adquisiciones locales de bienes de capital nuevos,
bienes intermedios nuevos, servicios y contratos de construcción,
realizados en la etapa preproductiva y empleados por los beneficiarios del
Régimen directamente en la ejecución de los proyectos previstos en los
Contratos de Inversión y que se destinen a la realización de operaciones
gravadas con el IGV o a exportaciones.
Los requisitos para beneficiar del incentivo son:
1.- Suscribir
un Contrato de Inversión con ProInversión y el Sector correspondiente, en
representación del Estado, comprometiéndose a realizar inversiones
durante la etapa preoperativa del proyecto por un valor no inferior a US$
5.000.000,00.
2.- Que el
proyecto requiera de una etapa preproductiva igual o mayor a dos años, contado
a partir de la fecha del inicio del cronograma de inversiones contenido en ell
Contrato de Inversión.
3.- Obtener
la Resolución
Suprema refrendada por el Ministro de Economía y el titular
del Sector correspondiente, aprobando las personas beneficiarias del régimen;
así como los bienes, servicios y contratos de
construcción que otorgarán la Recuperación Anticipada
del IGV, para cada contrato.
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