INVERSOR IBÉRICO



DESTINADO TANTO AL INVERSOR ESPAÑOL EN PORTUGAL COMO AO INVESTIDOR PORTUGUÊS EM ESPANHA
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23/11/2012

NO DEPOSITAR CUENTAS EN PORTUGAL SALE CARO

En el día de hoy fue publicado en Portugal el Decreto-Ley 250/2012, que establece consecuencias importantes para aquellas sociedades que no depositen sus cuentas.

Por un lado, la falta de cumplimiento de esta obligación impedirá la inscripción de nuevos actos en el Registro hasta que dicho incumplimiento no se subsane. Tan sólo podrán inscribirse: a) el nombramiento y cese de funciones de administradores, cuando no se deban al mero transcurso del tiempo; b) actos emanados de autoridad administrativa; c) demandas judiciales y medidas cautelares; d) actos que afecten a la libre disposición de participaciones sociales o a los derechos sobre las mismas; e) registros por depósito. 

Por otro, el incumplimiento durante dos años consecutivos determinará la disolución de oficio de la sociedad. Anteriormente, se exigía, además, que la administración fiscal hubiese comunicado al servicio de registro competente la omisión de entrega de declaración fiscal de rendimientos por el mismo período. A partir de ahora, bastará, pues, con la falta de depósito de las cuentas.


21/09/2012

CERTIFICADOS REGISTRALES EN PORTUGAL

La publicación de la Portaria nº 285/2012, de 20 de septiembre, ha actualizado las tasas por la suscripción del certificado on-line del registro mercantil (conocido como certidão permanente), quedando como sigue: un año: € 55; dos años € 88; tres años € 132; cuatro años € 154.

Recordemos que la ventaja de este tipo de certificado es que no necesita imprimirse ni hay que solicitar al Registro una versión en papel cuando se requiera aportarlo a cualquier institución publica o privada. En tal caso, basta con referir a la entidad o persona interesada el respectivo código de acceso.

Además, la nueva regulación instituye el certificado on-line de los estatutos de la sociedad (certidão permanente do pacto social). Las tasas de suscripción son: un año € 20; dos años € 35; tres años € 45; 4 años € 50.

Por último, esta Portaria entrará en vigor el próximo 1 de octubre.