INVERSOR IBÉRICO



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04/03/2013

INCENTIVOS PARA EMPRESAS QUE CONTRATEN A DESEMPLEADOS CUYA EDAD SEA IGUAL O SUPERIOR A LOS 45 AÑOS


La Portaria n.º 97/2013, de 4 de marzo, altera la Portaria 3-A/2013, de 4 de enero, por la que se creó como medida de apoyo a la contratación el reembolso de la Taxa Social Única (TSU) a aquellas aquellas empresas que, en Portugal, contraten a desempleados cuya edad sea igual o superior a los 45 años.
Esta medida se basa en reembolsarle un porcentaje de la TSU a aquellas empresas que contraten a personas que se encuentre sin empleo:

a) Durante 6 meses consecutivos hayan estado inscritos en el centro de empleo o centro de empleo y formación profesional;

b) Durante los 12 meses precedentes a la candidatura a esta medida de apoyo la persona desempleada no haya estado inscrita en la seguridad social como trabajador por cuenta ajena o como trabajador autónomo;

c) Durante 6 meses consecutivos hayan estado inscritos en el centro de empleo o centro de empleo y formación profesional como trabajadores con contrato de trabajo suspendido debido al pago impuntual de la retribución.

Las empresas que quieran beneficiarse de este incentivo deberán:
1.- Cumplir ciertos requisitos legales, tales como estar al día de la situación contributiva ante la administración fiscal y la seguridad social;
2.-  Celebrar con la persona desempleada un contrato de trabajo a tiempo parcial o completo, de duración determinada superior a 6 meses o de duración indefinida.

El incentivo del reembolso de la TSU tiene una duración máxima de 18 meses o el plazo que marque el contrato en el caso de contratos de duración determinada inferior a 18 meses.

El valor del reembolso de la TSU será el siguiente:

.- 100% del valor de la TSU, en el caso de contratos indefinidos;

.- 75% del valor de la TSU, en el caso de contratos de duración determinada.

El reembolso no podrá ser superior a €200,00 mes.








23/11/2012

NO DEPOSITAR CUENTAS EN PORTUGAL SALE CARO

En el día de hoy fue publicado en Portugal el Decreto-Ley 250/2012, que establece consecuencias importantes para aquellas sociedades que no depositen sus cuentas.

Por un lado, la falta de cumplimiento de esta obligación impedirá la inscripción de nuevos actos en el Registro hasta que dicho incumplimiento no se subsane. Tan sólo podrán inscribirse: a) el nombramiento y cese de funciones de administradores, cuando no se deban al mero transcurso del tiempo; b) actos emanados de autoridad administrativa; c) demandas judiciales y medidas cautelares; d) actos que afecten a la libre disposición de participaciones sociales o a los derechos sobre las mismas; e) registros por depósito. 

Por otro, el incumplimiento durante dos años consecutivos determinará la disolución de oficio de la sociedad. Anteriormente, se exigía, además, que la administración fiscal hubiese comunicado al servicio de registro competente la omisión de entrega de declaración fiscal de rendimientos por el mismo período. A partir de ahora, bastará, pues, con la falta de depósito de las cuentas.


19/07/2012

NUEVA LÍNEA DE CRÉDITO DEL GOBIERNO PORTUGUÉS

El Gobierno portugués ha lanzado una línea de crédito por valor de mil millones de euros que estará disponible a partir del próximo 16 de agosto. El programa en cuestión, Investe QREN, podrá financiar proyectos hasta un valor máximo de 4 millones de euros y 90% del esfuerzo asociado al coste del proyecto. El tipo aplicable a las operaciones que se formalicen no está aún definido, pero el Secretario de Estado adjunto de Economía ha indicado que rondará el 5%.