Siguiendo con nuestro
anterior post, analizamos algunos de los incentivos previstos por la
legislación ecuatoriana para las inversiones en este país.
Existen incentivos para
la realización de inversiones
en zonas deprimidas. Para la consideración de zona
deprimida se estará a la metodología seguida por el Consejo
Sectorial de la Producción. Así, además de los incentivos
generales y sectoriales, se añade la deducción
del coste de contratación de trabajadores por un plazo de 5 años.
Las medianas
empresas pueden disfrutar también de ventajas fiscales,
en concreto la deducción del 100% de los
siguientes gastos durante 5 años:
a)
Capacitación técnica dirigida a investigación, desarrollo e
innovación tecnológica, que mejore la productividad, y que el
beneficio no supere el 1% del valor de los gastos efectuados por
conceptos de sueldos y salarios del año en que se aplique el
beneficio;
b)
Gastos en la mejora de la productividad a través de las
siguientes actividades: asistencia técnica en desarrollo de
productos mediante estudios y análisis de mercado y competitividad;
asistencia tecnológica a través de contrataciones de servicios
profesionales para diseño de procesos, productos, adaptación e
implementación de procesos, de diseño de empaques, de desarrollo de
software especializado y otros servicios de desarrollo empresarial
que serán especificados en el Reglamento de esta ley, y que el
beneficio no superen el 1% de las ventas;
c)
Gastos de viaje, estancia y promoción comercial para el acceso a
mercados internacionales, tales como rondas de negocios,
participación en ferias internacionales, entre otros costes o gastos
de similar naturaleza, y que el beneficio no supere el 50% del valor
total de los costes y gastos destinados a la promoción y
publicidad.
Fuente:
Ministerio Coordinador de Producción, Empleo y Competitividad de
Ecuador
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