INVERSOR IBÉRICO



DESTINADO TANTO AL INVERSOR ESPAÑOL EN PORTUGAL COMO AO INVESTIDOR PORTUGUÊS EM ESPANHA

31/10/2012

PEAJE PORTUGAL MATRÍCULA EXTRANJERA

La Portaria n.º 343/2012, de 26 de octubre, altera por cuarta vez a la Portaria n.º 314-B/2010, de 14 de junio, por la que se define el modo de utilizar el dispositivo electrónico de matrícula (DE) para efectos del pago electrónico de peajes.

El objetivo básico y fundamental de esta última alteración es mejorar el servicio prestado y evitar dañar así la imagen de Portugal en términos turísticos, sin dejar de asegurar el cobro efectivo de los peajes.

De esta forma, las nuevas formas de pago para vehículos de matrícula extranjera, entre otras, son:

a) Recarga previa por valor predefinido, con validez de un año a contar desde la fecha de la activación. Esta recarga se usará exclusivamente en las infraestructuras viales que únicamente dispongan de un sistema de cobro electrónico de peajes;

b) Adhesión al pago automático, válida por un plazo de 30 días, a través de la utilización de una tarjeta de crédito válida, en la que se autoriza el débito de los montantes debidos por el uso exclusivo de infraestructuras viales que únicamente dispongan de un sistema de cobro electrónico de peajes.



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