INVERSOR IBÉRICO



DESTINADO TANTO AL INVERSOR ESPAÑOL EN PORTUGAL COMO AO INVESTIDOR PORTUGUÊS EM ESPANHA

25/01/2010

TRABAJADORES TRANSFRONTERIZOS

Pasamos a analizar el régimen de admisión temporal de los vehículos matriculados en otro Estado miembro de la Unión Europea en territorio portugués establecido en la ley portuguesa reguladora del Impuesto sobre Vehículos (nº 22-A/2007, de 29 de Junio de 2007)

El trabajador transfronterizo que se beneficie del régimen supra mencionado deberá reunir las siguientes características:

  • Tener residencia familiar en España;
  • No disponer de vivienda familiar en Portugal;
  • Desplazarse diariamente en el trayecto de ida y vuelta entre su residencia y el trabajo;
  • Situarse el local de trabajo en localidad portuguesa que diste no más de 60 km desde la frontera.
El trabajador transfronterizo debe presentar un pedido de reconocimiento ante la Direcção-Geral das Alfândegas e dos Impostos Especiais sobre o Consumo, aportando la documentación que verifique las características enumeradas.

Se dispone de un plazo máximo de 30 días desde la entrada en territorio portugués.

Este benificio tiene una duración de 12 meses renovables y se extiende, además de al propietario a:

  • Cónyuge o unido de hecho;
  • Ascendientes y descedientes en primer grado;
  • Legítimos detentadores.
Siempre con la condicion de que no sean residentes ni ejerzan en territorio portugués actividad profesional remunerada.

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