INVERSOR IBÉRICO



DESTINADO TANTO AL INVERSOR ESPAÑOL EN PORTUGAL COMO AO INVESTIDOR PORTUGUÊS EM ESPANHA

18/12/2009

TODO EN REGLA (II)

Anunciar que para el cambio de matrícula deberá pagarse un impuesto pero la Ley del Impuesto sobre Vehículos (nº 22-A/2007, de 29 de junio de 2007) regula supuestos en los que se establece exención del pago.

SUPUESTO OBJETO DE EXENCIÓN

  • Vehículo de ciudadano de un Estado miembro de la UE o de país tercero que transfiera su residencia a territorio portugués, siempre que reúna los siguientes requisitos:
      • Mayor de 18 años;
      • Facultado para conducir durante el periodo mínimo de residencia;
      • Residencia en otro país miembro de la UE o en país tercero durante un periodo mínimo de 12 meses.
      • Transferencia de la residencia permanente a Portugal. El beneficiario deberá mantener su residencia en territorio portugués durante un periodo mínimo de 12 meses.

  • Vehículo de persona de nacionalidad portuguesa o de otro Estado miembro de la UE que haya ejercido alguna de las siguientes actividades en otro país, durante 24 meses, y cuyos rendimientos estén sujetos a tributación efectiva en Portugal:
      • Cooperantes;
      • Profesores que hayan ejercido funciones docentes en el exranjero en cursos impartidos de lengua o cultura portuguesa, conforme las listas publicadas por el respectivo departamento;
      • Funcionarios contratados en el extranjero para prestar servicios en puestos diplomáticos y consulares portugueses o para prestar servicios públicos portugueses:
      • Funcionarios de organizaciones internacionales de las cuales sean parte.

 Próxima estación: cómo se tramita la exención.

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